lunes, 1 de septiembre de 2014

El Gobierno ultima el diseño del nuevo paro de los autónomos

Conscientes del fracaso que ha supuesto el sistema actual que regula la prestación por cese de actividad, el paro de los autónomos, el Gobierno ha decidido modificar la normativa y prepara el diseño de la nueva regulación. Los datos son demoledores y poco más del 20% de los que lo solicitan consiguen el reconocimiento del derecho a la prestación y el cobro de la misma.

Las razones de los rechazos tienen que ver tanto con las exigencias que se piden para poder obtenerlo como con la justificación de los motivos que darían derecho a la prestación. El Ejecutivo ha introducido la reforma de este sistema en la Ley de Mutuas, que se aprobará próximamente. En ese momento entrará en vigor.

Problemática del sistema actual
Actualmente, para acceder al cobro de la prestación, es necesario cotizar por esta contingencia un mínimo de un año y cesar la actividad realizada por el autónomo. A la hora de justificar el cese de dicha actividad se exigen motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción, y una acreditación de pérdidas del 30% en un año o el 20% en dos. Además se exige estar al día en los pagos con la Seguridad Social.
La inmensa mayoría de las solicitudes que se deniegan tiene que ver con la dificultad para acreditar el nivel de pérdidas o bien por mantener deudas con la Administración. Pensemos que un negocio que cierra y acumula pérdidas económicas es habitual que no pueda discriminar a quien paga y a quien no, por lo que el hecho de acumular pérdidas y las consiguientes deudas que ello acarrea supone que algunas de esas deudas tengan que ver con la Seguridad Social.
La nueva normativa
Lo que el Gobierno aprobará será un nuevo sistema que permita la justificación de las pérdidas necesarias para tener derecho a la prestación. Además rebajará las exigencias en esta materia, de manera que será suficiente con acreditar un nivel de pérdidas del 10% para tener derecho a la prestación.
También se pondrá en marcha un procedimiento por el cual, si el autónomo tiene deudas con la Seguridad Social, dispondrá de un mes para regularizar esta situación. Para ello no sería necesario el pago de la deuda, bastará con negociar un aplazamiento de la misma para que ésta ya no figure y se pueda proceder a cobrar el paro.
Nueva cuota
La modificación de la Ley también traerá cambios en cuanto a la cuota a pagar para tener cubierta la cotización para la prestación por cese de actividad.
El porcentaje sobre la base de cotización a aplicar y que originará la cuota a pagar se fijará en las leyes de Presupuestos anuales de cada ejercicio. Se establecerá un intervalo para la misma que podría oscilar entre el 2,2% y el 4% de la base de cotización del autónomo.

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