jueves, 16 de julio de 2015

Renta 2014: ¿Por qué no me ha devuelto todavía Hacienda?


16 de julio y usted todavía no ha recibido la devolución de Hacienda. Dependiendo de la cantidad, puede estar más o menos ansioso, pero sin duda lo que no se podrá quitar de encima son los nervios y las dudas sobre si sus cuentas con Hacienda están bien hechas o no. La Agencia Tributaria ha devuelto ya 47,5 millones de euros de forma que el 76,86% de las devoluciones solicitadas y el 58,42% de los importes ya han sido abonados.


Sin embargo, Hacienda tiene de plazo hasta seis meses una vez que haya finalizado la campaña para ordenar las transferencias a favor de los contribuyentes. Es decir, hasta el 31 de diciembre de 2014. De lo contrario, le tendrían que pagar intereses, el 5% y durante el tiempo de demora desde el 1 de enero de 2015 y siempre a petición del contribuyente y
Pero no hay que llegar a esos extremos. Normalmente, la Agencia Tributaria se marca el compromiso de realizar el 85% de las devoluciones antes de principios de agosto. Entonces, ¿qué pasa con el 15% restante? Hacienda tiene de plazo hasta finales de año.

¿Cuál es el orden de prioridad?
Como recuerdan los fiscalistas, las devoluciones de Hacienda van por criba informática. Así, las primeras beneficiarias son aquellas declaraciones que se han realizado mediante la presentación del borrador, es decir, aquellas básicas en las que se declaran las rentas del trabajo y una cuenta corriente.
Tardan más las que incluyen partidas como deducciones por alquiler de vivienda o adquisición de vivienda, pensiones compensatorias a hijos por padres divorciados o los propietarios de viviendas arrendadas que reciben por primera vez una devolución, por ejemplo.
Las segundas, las que se llevaron a cabo a través de vía telemática, es decir, por Internet y finalmente se deja para las últimas aquellas que se han realizado de forma manual, a través de las oficinas de la Agencia Tributaria o de las sucursales bancarias.
Por otro lado, también se retrasa el pago de las declaraciones que no son concordantes con la información que maneja Hacienda. En ese caso, la Agencia Tributaria puede pedir al contribuyente facturas o justificantes, o incluso el convenio regulador en caso de divorcio.
Por último, si debe recibir una devolución por importes importantes, también sufrirán un retraso, ya que la Agencia Tributaria comprobará de manera exhaustiva el uso correcto de todas las deducciones.
¿Qué hacer si no me ha pagado?
Si hubiera algún tipo de error u omisión, la Administración Tributaria puede rectificar el resultado de la liquidación efectuada por el contribuyente mediante la correspondiente liquidación provisional, modificando la cuantía de la devolución solicitada o determinando la improcedencia de la misma.
En el caso de que se produzca dicha liquidación provisional, ésta le será reglamentariamente notificada al contribuyente, quien podrá interponer recursos.


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